Todos los trabajadores afectados que estén inscrito en el régimen correspondiente con reducciones del – 75% en las ventas de Marzo, pueden obtener las prestaciones solicitándola con carácter general, a través de la mutua colaboradora con la Seguridad Social. No hay un el periodo mínimo de cotización, solo es necesario estar de alta en alguno de los regímenes (autónomos o en el régimen del mar por cuenta propia) y obviamente, hallarse al corriente del pago de las cotizaciones sociales, así afirma ACENOMA (Asociacion de Empresarios de la Zona Norte de Madrid)

Además,“pueden solicitar las subvenciones directas, de hasta 3.200 € dirigidas a autónomos» . También será subvencionables las cuotas por contingencias comunes durante un máximo de doce meses, dicha solicitud podrá presentarse en un plazo máximo de tres meses.

La presentación de solicitudes y, en su caso, la documentación que debe acompañarlas, se realizará exclusivamente a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, o en los restantes registros electrónicos de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede solicitar a través de su Mutua la Prestación Extraordinaria para Autónomos por Coronavirus. Más info: http://acenoma.org/prestacion-extraordinaria-para-autonomos-por-coronavirus/

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