La Asociación Comarcal de Empresarios de la Zona Norte de Madrid (Acenoma) ha sacado un comunicado en el que recuerda las nuevas medidas para la hostelería en la Comunidad de Madrid. Recordemos que desde este jueves, el organismo regional obliga a reforzar las medidas de prevención general en la lucha contra la pandemia, ante “la incidencia acumulada de casos de coronavirus” .

En el caso de los establecimientos de hostelería y restauración son las siguientes:

– No podrán superar el 75% de su aforo para consumo en el interior del local. La ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas será de diez personas.

Bar La Cañada de Sanse

El porcentaje de aforo permitido en las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración será del 100% de las mesas, si bien deberá garantizarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes y entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas será de diez personas.
Deberán cesar su actividad, como máximo, a la 01:30 horas, tanto en el interior como en las terrazas al aire libre, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes a partir de la 01:00 horas
Los salones de banquetes deberán llevar un registro en el que se recoja la fecha y los datos de contacto de sus clientes para facilitar su localización por las autoridades sanitarias a fin de posibilitar el seguimiento y localización de posibles contactos en los casos de descubrimiento posterior de presencia de casos positivos, probables o posibles de COVID-19.

En relación a las discotecas y establecimientos de ocio nocturno, deberán observar las medidas de higiene exigidas con carácter general para los establecimientos de hostelería y restauración. Además, limitarán su aforo al 40% y deberán llevar el registro de clientes, indicando la fecha y hora, nombre y apellidos y un número de teléfono de cada persona que accede al local para facilitar su localización por las autoridades sanitarias en caso de que sea necesario. Este tipo de establecimientos podrán desarrollar su actividad como máximo hasta las 1.30 h, tanto en el interior como en terrazas, no pudiéndose en ningún caso admitir nuevos clientes a partir de la 1.00 h.

Recordemos que el pasado 14 de marzo se decretaba en nuestra región en cierre de todos los bares, discotecas y restaurantes con motivo del comienzo del estado de alarma. Posteriormente a bares y restaurantes se les permitió hacer entregas a domicilio, antes de poder abrir ya sus instalaciones de manera progresiva (interior y exterior) en el mes de mayo.

Más información en: https://acenoma.org/refuerzo-de-las-medidas-de-prevencion-frente-a-la-pandemia-hosteleria/

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

dieciocho − 8 =