Los ciudadanos que no puedan acudir a su colegio electoral el próximo 9 de junio, día de las elecciones europeas, tienen hasta el 30 de mayo para solicitar el voto por correo. Este trámite puede realizarse tanto en persona como por vía telemática.
¿Cómo Solicitar el Voto por Correo?
Para solicitar el voto por correo, los votantes pueden optar por una de las siguientes opciones:
- En Persona: Acudir a cualquier oficina de Correos con el DNI, carné de conducir o pasaporte y solicitar el impreso correspondiente. Para evitar esperas, es posible pedir cita previa a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual.
- Telemáticamente: Realizar la solicitud con firma electrónica a través de la web de Correos.
- A través de un Representante: En caso de enfermedad o discapacidad acreditada mediante certificado médico oficial, otra persona autorizada notarial o consularmente puede presentar la solicitud en nombre del interesado.
Recepción de la Documentación
Entre el 20 de mayo y el 2 de junio, Correos enviará a la dirección indicada en la solicitud la documentación necesaria para votar por correo. Es importante señalar que esta dirección no tiene que coincidir con el domicilio habitual del solicitante. La documentación sólo podrá ser entregada al destinatario personalmente.
Envío del Voto
Hasta el 6 de junio, los votantes deben enviar su voto certificado de manera gratuita desde cualquier oficina de Correos. Es crucial que el certificado de inscripción en el censo se introduzca por separado y no dentro del sobre de votación, ya que de lo contrario, el voto sería considerado nulo.
Para más detalles, los ciudadanos pueden consultar la web de la Junta Electoral Central.
Importante
Una vez solicitado el voto por correo, no es posible votar en persona en la Mesa Electoral el día de las elecciones.
Este proceso asegura que todos los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto, incluso si no pueden estar presentes en su lugar de votación el día de las elecciones.